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Europa declara ilegal el canon indiscriminado

Finalmente, la esperada sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha aparecido este jueves dándole la razón a la empresaria que pleiteaba con la SGAE porque se negaba a pagar un importe en concepto de canon que la organización defensora de los derechos intelectuales pretendía cobrarse incluso con carácter retroactivo a la salida de la propia ley del canon. Sin embargo, el TUE no abre la veda completamente a la erradicación de esta tasa medieval, sino que matiza su dictamen y avala el cobro del canon a particulares. Analizamos las luces y las sombras de esta histórica sentencia contra el canon.

Ana María Méndez , la dueña de la empresa PADAWAN S.L., más conocida como Traxtore, respira hoy con cierta tranquilidad, después de 6 años de dura pugna jurídica contra la SGAE, que la acusaba de no pagar el canon y le reclamaba 16.759,25 euros por ese concepto. Recordemos que Traxtore vende CD y DVD y sobre ellos quería cobrarse los derechos de la tasa gravándolos incluso antes de que saliera la ley del canon. Ana María no toleró esta injerencia y se negó a pagar, lo que le valió una denuncia ante la justicia que, afortunadamente para ella, fue sobreseída. Sin embargo, las intentonas judiciales siguieron por otras vías y esta vez la entidad reclama el pago de la compensación por copia privada por los CD, DVD y reproductores MP3 que había comercializado esta empresa entre septiembre de 2002 y septiembre de 2004. El juez de instrucción le dio la razón a la SGAE pero la dueña de la tienda informática apeló a la Audiencia Provincial de Barcelona, que a su vez elevó una consulta no vinculante al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) porque la recurrente alegaba que la aplicación indiscriminada del canon "sin distinguir la finalidad a la que van destinados los productos" contradecía la directiva europea.

Ana María Mendez, de Traxtore, ha ganado la batalla pero no la guerra

El TUE ha hablado y en su sentencia ratifica que el canon es ilegal, pero sólo cuando se trata de cobrarlo a empresas, profesionales o la propia administración pública. Sin embargo, el alto tribunal europeo avala que el canon se cobre a los particulares porque presume que todos ellos son potenciales usuarios que harán uso de los soportes digitales para realizar copias privadas. El TUE dice lo aclara en su sentencia:"en caso de que los equipos, aparatos y soportes de reproducción en cuestión puedan utilizarse para realizar copias privadas y, por lo tanto, puedan causar un perjuicio a los autores de obras protegidas. Por consiguiente, la aplicación indiscriminada del canon en relación con todo tipo de equipos, aparatos y soportes de reproducción digital, incluido el supuesto de que éstos sean adquiridos por personas distintas de las personas físicas para fines manifiestamente ajenos a la copia privada, no resulta conforme con la directiva",

Acto seguido, declara la legalidad del canon para usuarios privados: “Se presume legítimamente que dichas personas físicas se benefician íntegramente de tal puesta a disposición, es decir, se supone que explotan plenamente las funciones de que están dotados los equipos, incluida la de reproducción. Así pues, la mera capacidad de dichos equipos o aparatos para realizar copias basta para justificar la aplicación del canon por copia privada, siempre y cuando dichos equipos o aparatos se hayan puesto a disposición de personas físicas en condición de usuarios privados”.

El TUE ha impuesto un severo correctivo al canon pero no es suficiente

La sentencia ha dejado contentos(o descontentos) a todos. La industria informática por su parte, se muestra muy ufana con esta interpretación de la ley que afecta al canon en 22 de los 27 países de la Unión Europea. Y la SGAE y asociados también saltan de alegría porque el alto tribunal ha declarado legal que el canon sea aplicado a los usuarios particulares aunque ha rechazado que se le pueda cobrar a las empresas y administraciones dónde queda claro que no compran esos productos para realizar copias privadas. La ministra de Cultura, González-Sinde, se pronuncia también y comenta que aún tienen que analizar con detenimiento la sentencia para determinar la alternativa más factible. Hay que recordar que una gran parte de la recaudación de la SGAE proviene de las compras que realizan empresas y administraciones públicas, por lo tanto, dudamos mucho que en el fondo estén tan contentos como quieren aparentar.

En esta sala han deliberado los magistrados para darnos la buena noticia

Ahora la Audiencia Provincial de Barcelona será la que determine legalmente si el canon que la SGAE pretende cobrarle a PADAWAN S.L, se considera legal o no. Suponemos que si le han pedido este informe a Europa será para aplicarlo en toda su extensión una vez que le ha sido comunicado. Ya no hay excusas. Europa ha hablado y la justicia española deberá ahora actuar en consecuencia. No obstante, los usuarios particulares seguirán pagando el canon. Queda por ver como los magistrados de la Audiencia articulan la sentencia definitiva y cómo se interpreta su resolución sobre la ciudadanía.

Por lo pronto, Miles de pequeñas tiendas, agrupadas en la Asociación Española de Pequeñas y Medianas Empresas de Informática y NuevaTecnologías (Apemit), planean desde el pasado mes de mayo emprender acciones de responsabilidad patrimonial para exigir daños y perjuicios. Con esta sentencia del TUE como ariete principal, el gobierno español deberá prepararse para la avalancha de demandas que le van a llover desde todos los rincones del país. Incluso ellos (el gobierno) debería exigir a la SGAE que le devolviera todos los pagos realizados en concepto de canon por las administraciones cuando han adquirido material de soporte digital para sus quehaceres habituales.

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Escrito por imported_Kir

17 Comments

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  1. "Europa declara ilegal la aplicación del canon a empresas"

    Eso sería un titular más correcto que el que habéis puesto. Que está media internet saltando de alegría por algo que en el fondo no les atañe, porque son particulares, no empresas.

    • JUSTO. Así lo único que van a conseguir es que quien tenga una empresa compre sin canon todo lo que pueda (hasta que vuelvan a replantearse la ley), y me cobre a mi, usuario, el canon. Este planteamiento es discriminatorio y será origen de más fraude.

  2. Que no se ponga triste nadie, por favor. La ministra está evaluando en estos momentos que nombre le van a dar al nuevo canon para empresas una vez que el actual ha sido deslegitimado. Ecotasapotasa, Mepasotusentenciaporelarcodeltriunfotasa, Tevasacagarloritotasa, etc.
    Mis felicitaciones a Ana María Méndez por no rendirse.

  3. Pues no me parece bien que los particulares sí y el resto no. En primer lugar, estos "sabiondos" de la UE deberían pasarse por unas cuantas empresas, porque hay montones de empleados usando los ordenadores de las mismas para compartir música y películas (del software "pirata" ni hablamos), usando como soporte pendrives que les proporciona la misma empresa.
    En segundo lugar, yo no tengo por qué pagar a unos chupópteros (que quieren cobrar el resto de su vida habiendo trabajado un día o una semana a lo sumo) por un aparato o soporte que no voy a utilizar para la copia privada (copia privada: copia del original para uso propio; la música y películas descargadas "de por ahí" no cuentan como copia privada). Hago MIS propios programas, MI propia música, MIS propias fotos, MIS propios vídeos y MIS propios documentos. Necesito un ordenador para MIS cosas y también soportes de almacenamiento dónde guardarlas. Y no tenemos que pagar justos por pecadores (por esa regla, en EE.UU. y otros países la población sería 0; se habría aplicado la pena de muerte a todos sus habitantes por ser potenciales asesinos peligrosos). ¿Que un PC, una impresora, un disco duro… son susceptibles de usarse para la copia privada? ¿Y? Un coche, un camión o un autobús también son susceptibles de usarse para matar a gente atropellándola, y no veo ninguna asociación de víctimas de atropello imponiendo cánones a los coches, a sus consumibles ni a sus combustibles.

  4. Europa se quedo en la edad media!!! por suerte aca en latinoamerica ni canon ni nada.

    por otro lado Los artistas son millonarios no entiendo cual es la perdida real con la pirateria, 10 millones menos un 20 % de su ingreso? y ademas los que no son millonarios es porque no venden y si no venden no los piratean eso es una ley.

  5. Que bajón, al final parece que seguiré pagando hasta en el papel a la sgae y sus satélites. A ver si de una vez abren los ojos, que ya esta bien de chupar del bote.
    Es de vergüenza internacional y más aun explicar a un no europe que tengo que comprar los dvd-cd y papel en hong kong (transporte gratis).n XD

  6. Totalmente de acuerdo con el comentario y los ejemplos de Yomismo, pienso lo mismo, no tengo mas nada que agregar, lo que pienso lo dijo "Yomismo".

  7. Ya llegará el día en el que al comprar un martillo vayas instantaneamente a la carcel porque "se presume que podrías usarlo para asesinar a alguien".

    Ejem, patético.

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