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La ley absuelve al P2P una vez más

Los jueces no paran de emitir sentencias favorables a los internautas que se bajan material con copyright. Un nuevo fallo confirma lo que ya han dicho otros: que no es delito bajarse archivos protegidos mientras no exista ánimo de lucro. A ver si se enteran ya, de una de vez, los que se empeñan en decir que el intercambio de archivos constituye una ilegalidad.

El lobby de los derechos de autor no consigue que la ley se ponga de su parte con el tema del intercambio de archivos protegidos. El Juzgado de lo Penal 4 de Pamplona ha absuelto a Javier M.B. de un delito contra la propiedad intelectual por haber descargado de Internet 3.322 películas. Otro palo en las aporreadas(pero incansables) espaldas de la SGAE y todo el séquito de advenedizos que les apoyan. El ordenamiento jurídico español lo describe muy claro en su texto legal, concretamente en el art.270 del Código Penal:

"Será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años o de multa de seis a veinticuatro meses quien, con ánimo de lucro y en perjuicio de tercero, reproduzca, plagie, distribuya o comunique públicamente, en todo o en parte, una obra literaria, artística o científica, o su transformación, interpretación o ejecución artística fijada en cualquier tipo de soporte o comunicada a través de cualquier medio, sin la autorización de los titulares de los correspondientes derechos de propiedad intelectual o de sus cesionarios."

¡Que no hay delito en intercambiar archivos sin ánimo de lucro! ¿cuantas veces lo tengo que repetir?

Los representantes del lobby cultural han intentando siempre retorcer el punto clave, el ánimo de lucro, argumentando que no es necesario cobrar dinero para considerarlo como tal, sino que ellos alegan que el mero hecho de ahorrarse el coste de comprar las obras merece, por sí solo, definirse como lucro (cesante). Sin embargo, los jueces, una y otra vez, han concluido en sus sentencias que el ciudadano que intercambia archivos para uso personal, no incurre en ningún delito. Sigue sin demostrarse la figura del lucro cesante que pretenden los defensores de los derechos de autor porque los magistrados insisten en que para haber lucro tiene que haber beneficio económico directo. En este caso particular el acusado descargó "sin consentimiento de los titulares de los derechos de autor" más de 3.300 películas y canciones en MP3 para uso particular. La defensa alegó no había obtenido "ningún beneficio económico con la venta de todo o parte del material que almacenaba", tal y como se necesita para cumplir con el art. 270 del Código Penal.

El denunciante no aportó "ninguna prueba del lucro", por tanto, la absolución del acusado ha sido emitida por el juez de forma clara y contundente. Además, las costas del proceso correrán a cargo de los denunciantes. Si siguen perdiendo casos a este ritmo, las arcas de las asociaciones pro derechos de autor van a menguar bastante. Aunque por otro lado, ya se encargarán ellos de sangrar por otro lado para reponerlas.

El juicio por lo civil contra Pablo Soto es la última esperanza de los defensores del copyright

Con éste, seguramente se cerrará el capítulo de las persecuciones por la vía penal. Ahora queda por ver si la vía civil se pone de parte de los representantes de los derechos de autor o, por el contrario, exime de culpa a los ciudadanos que intercambian archivos. En Junio se emitirá la sentencia contra Pablo Soto, el creador de varios programas de intercambio de archivos. Si resulta favorable para Soto, la SGAE y compañía se habrán quedado definitivamente sin ningún recurso legal con el que atacar a los internautas. Eso sí, el lobby cultural ya tiene preparado su siguiente paso: si no puedes con la ley, cámbiala. Y mientras van preparando el camino para alcanzar ese primer paso, se entretienen ejecutando el segundo: aunque no sea legal, entro en tu casa, te intimido y me llevo tus discos duros.

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Escrito por imported_Kir

12 Comments

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  1. XD XD XD, cada ves que escucho noticias de este tipo me imagino en 20 ańos, como revelde (tipo terminator), con mi laptop en mano descargando aun contenido protegido en un hoyo, con la wifi de algun millonario y escondiendome de auditores de redes …. XD XD XD

    a cada quien sus drogas jajaja

    Salu2.

  2. ¡Que no hay delito en intercambiar archivos sin ánimo de lucro!
    ¿cuantas veces lo tengo que repetir?

    BUENA FRACE NEOTEO!!!

    Yo dijera que los acusados Deverian de Contrademandar!!! asi los desangran un poco mas. OJO POR OJO Y DIENTE POR DIENTE, aparte las leyes españolas deverian de Multar a estos ya que hacen perder el tiempo de los jueces, si ya saven ¡Que no hay delito en intercambiar archivos sin ánimo de lucro!

  3. Esperemos que las cosas salgan bién para Pablo Soto.

    Yo me descargo películas vía P2P casi todos los días… las veo tranqui en mi casita o el lo de algún amigo, menos mal que vivo en Argentina y acá hay problemas muchísimos más graves de los que ocuparse xD.

  4. A ver. Sinceramente pensar que la SGAE es tonta es un grave error. Y eso de vanagloriarse porque ya tienen en su haber OTRA DERROTA es poco mas que ingenuo. Creeis que la SGAE y sus abogados no conocen la ley? o que son tontos?
    Pienso sinceramente que esta gente se mete en los juicios con otro proposito. Ganar o perder es lo de menos. Lo que se pretende es un continuo bombardeo a los medios del "problema" que ellos encuentran en todo esto y ademas provocar un continuo desgaste de las instituciones. Saben que van a perder pero siguen poniendo de manifiesto que lo que es legal para ellos no es justo. Si ademas todo esto tiene cobertura mediatica el debate esta servido y los cuestionamientos a la ley no tardaran en llegar. No tardaremos en ver un cambio en la legislacion si siguen con esta tecnica.
    ASi que GANAR el juicio de turno no me parece tan importante. Creo que solo estamos viendo la pnta de nuestra nariz con estas cosas. Lo grave esta por llegar como no nos pongamos las pilas todos para contrarestar esta avalancha de juicios mediaticos.

  5. Que buen articulo espero que le vaya bien a pablo, si gana la SGAE no seguira con sus tonterias amenazar a los civiles a que descarguen contenido p2p sin animo de lucro y libre por concentimiento de ambos usuarios y por toda una comunidad libre.

    Esperemos que pablo gane y todos nos quedaremos tranquilos a bajar lo que sea =)

  6. Todos los juicios que hacen, los ganen o no, intimidan a la gente; hace que se piense que él puede ser el siguiente y algunos (pocos) se lo piensan antes de seguir compartiendo archivos. Yo creo que lo que buscan principalmente es eso.

  7. ¿Acaso no entienden, que la SGAE y similares son un verdadera MAFIA? Y todavía, son mafias ¡¡LEGALES!!… Compañeros españoles, NO permitan que esto continúe, por favor. Me enferma ver como esos ladrones salen impunes!!!! Y todavía dicen que, "POTENCIAN LAS ACTIVIDADES CULTURALES"!
    Y después, veo a esos ingenuos (no saben como los entiendo, pero esa no es la vía correcta) con la computadorita descargando música del Ares enfrente del la cede, ¿creen que eso les importa?. Agrúpense, presenten una demanda! Con eso no logran nada, la SGAE se caga en ustedes.
    Me enferma!!!! Voy a necesitar un sicólogo.

  8. Esto es como lo que me comentaron en la uni: el comercio cambia… evoluciona. Y kien las empresas que no progresen… caducaran. Es ley de vida! y por mucho que se empeñen esto seguira asi… y si terminan cn l p2p saldra otra cosa… y asi sucesivamente…

    la masa tiene el poder: imaginense q ganan y se termina las descargas…. miles de grupos de muscia seran olvidados, ls compañias telefonicas kegraran (pa ke kerrias 20MB sino es para descargar?)… y asi sucesivamente.

  9. Porque tengo pagar un extra por un supuesto que puedo hacer o tengo facultad de hacer y que por adelantado va en prejuicio de los "artistas". Entonces según ellos, yo no soy un supuesto delincuente, lo soy plenamente.
    Encima no me puedo quejar porque lo tengo que pagar como un impuesto más para una asociacion privada y que no representa TODOS pero lo maravilloso es que LO FACULTA EL ESTADO mi país. Eso es cojonudo, es decir, que como ya me dan por hecho consumado ¿lo puedo hacer no? porque lo estoy pagando y no me pueden acusar de lo mismo dos veces. Y NO ES ILEGAL COPIAR NO LO ES.
    Encima estoy pagando a alguien que no conozco, que no se que mierda de musica o peli es a la que va MI DINERO.
    Esto le encantaria a los hermanos marxs.

    Por cierto el otro dia use un disco duro viejo como altavoz, con la musica de guerras de las galaxias, ¿deberia pagar el doble?. o peor ya lo he pagaodo????

  10. Si te bajas películas por torrent y no ganas dinero con eso (alquiler de películas por ejemplo), nadie tiene nada que reclamarte porque son para tu uso personal. Eso si, si te gusta de verdad un programa o película, paga por ellos. Ahora bien, está la pregunta ¿Puedo bajar algo desde redes P2P sólo para probar y luego, si me gusta, comprar legalmente en alguna tienda (como en teoría debería ser)? Creo que todos deberían hacer eso, porque ¿De qué te sirve gastar cualquier cantidad de dinero en algún programa, película, música que luego vas a aborrecer? Es mi opinión…

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