Un nuevo golpe para el más popular de los servicios de descarga directa que los internautas utilizan para intercambiar archivos. Un tribunal alemán ha condenado al sitio por considerar que no han sido efectivos los métodos de filtrado para eliminar las canciones del catálogo de GEMA que se encontraban circulando por sus redes. La sentencia obliga a borrar las canciones e impedir que vuelvan a subirse, pero nada de sanciones millonarias, que algunos (pocos) ya festejaban.
Una condena sin multa millonaria
Tenemos un nuevo capítulo de la interminable guerra que enfrenta a las sociedades de derechos de autor con las masas de usuarios que intercambian archivos. Esta vez, el error partió de los medios, que anunciaron una multa millonaria de nada menos que 24 millones de euros que deberían pagar los de Rapidshare por incumplir la orden de mantener fuera de circulación las canciones de GEMA (la SGAE alemana). En realidad, se trataba de un error de traducción. La cuantía anunciada como sanción no era más que la estimación del valor de las canciones de GEMA subidas a RapidShare que la propia entidad había calculado según sus criterios. De todos modos, el juez ha dictaminado que las canciones deberán borrarse y que el sistema de filtrado deberá mejorarse para que no vuelvan a subirse a los servidores de Rapidshare. La famosa empresa alemana de intercambio de archivos ya ha anunciado que apelará la sentencia, pues cree que resulta imposible controlar archivos cifrados y fragmentados que pertenecen al ámbito privado de los clientes que los mantienen en sus cuentas. Mientras se resuelve el recurso, el servicio seguirá funcionando con total normalidad.
Antecedentes y apelación
Recordemos que la misma sociedad ya llevó, hace un año, a los tribunales alemanes a Rapidshare por su laxitud y permisividad en sus servidores para con los archivos con copyright, y el juez dictaminó que debían implementar un filtro eficaz para evitar la subida de material protegido con derechos de autor. Se hizo a la mayor brevedad, pero, como hemos visto, al juez no le ha parecido suficientemente eficaz. El castigo, una vez aclarado el susto mayúsculo que se han llevado los internautas cuando han leído la astronómica cifra de 24 millones de euros, no ha sido demasiado severo. Como apuntábamos, sólo consiste en borrar las canciones y tratar por todos los medios de impedir que vuelvan a subirse, cosa harto difícil debido a los sistemas de cifrado que existen para hacer los archivos inviolables.
La desesperación de las entidades de gestión
Se nota la desesperación de las entidades de gestión de derechos de autor. Chocan una y otra vez con un muro llamado ley, que la mayoría de las veces falla contra ellas y, cuando les es favorable, apenas consiguen efectos significativos. Supongamos que la multa de 24 millones de euros hubiera sido auténtica y hubiera hundido a Rapidshare: ¿Cuántos nuevos “rapidshares” están esperando la ocasión de que caiga el grande para ocupar su lugar? ¿Diez? ¿Cien? ¿Mil? La oportunidad de negocio, tan brutal, que presentan las páginas de alojamiento de archivos atrae a las empresas como tiburones tras la sangre. Las entidades de gestión de derechos de autor no son más que rémoras que navegan a su lado provocando algunas molestias, pero nada que pueda detener el avance de las grandes bestias de Internet. Quizá se den cuenta alguna vez de que la gente está dispuesta a pagar una tarifa plana razonable por acceder a un catálogo cultural suficientemente amplio.
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