La alerta PA-HAN 842 del Departamento de Salud de Pensilvania, fechada el 19 de octubre de 2026, define el sarampión congénito como la presencia de signos clínicos o pruebas de laboratorio compatibles durante los primeros 10 días de vida, cuando ha habido exposición intrauterina al virus. El documento distingue esta infección del sarampión neonatal adquirido por vía respiratoria después del nacimiento y detalla recomendaciones para el embarazo y la atención de recién nacidos.
Qué significa el recuento del brote
A fecha del 19 de octubre, Pensilvania registraba 1.286 casos de sarampión en 42 condados y 247 hospitalizaciones, según las cifras publicadas por Ars Technica. El medio informó de seis muertes; la más reciente seguía bajo investigación antes de incorporarse al recuento estatal. En una actualización del 20 de octubre, Ars Technica indicó que un portavoz del Departamento había confirmado 66 casos en embarazadas.
El Departamento no llevaba un recuento específico de sarampión congénito, según informó Ars Technica. El medio también señaló 157 casos en menores de cuatro años, una cifra por edad que no equivale a casos congénitos. Por separado, NBC News informó el 24 de septiembre de que médicos estimaban que al menos seis bebés habían nacido con sarampión en el centro de Pensilvania. Esa cifra es una estimación médica difundida por la cadena.
Cómo se define la infección congénita
La alerta considera congénito el sarampión cuando hay evidencia clínica o de laboratorio en los primeros 10 días de vida y exposición dentro del útero. Si el contagio se produce después del nacimiento por exposición respiratoria, se clasifica como sarampión neonatal.
El documento señala que pueden correr riesgo de desarrollar una infección sintomática y transmisible los recién nacidos desde que comienzan los síntomas maternos hasta 14 días después del inicio del exantema, es decir, la erupción cutánea.
Qué recomienda la alerta para el embarazo y los recién nacidos
Para las embarazadas no inmunes expuestas al sarampión, el Departamento recomienda inmunoglobulina intravenosa (IVIG) dentro de los seis días posteriores a la exposición inicial. La alerta indica que no se debe administrar la vacuna triple vírica (MMR) durante el embarazo.
Ante una posible infección congénita, el documento recomienda aislar y evaluar al recién nacido, realizar pruebas que incluyen hisopos nasofaríngeos u orofaríngeos, PCR en orina y una prueba de IgM contra el sarampión, y avisar de inmediato a las autoridades de salud pública. Un resultado negativo al nacer en un recién nacido asintomático no descarta por completo la infección; la alerta contempla vigilar los síntomas y repetir las pruebas cuando proceda. Para los casos de infección congénita conocida o exposición intrauterina, recomienda seguimiento clínico prolongado por posibles complicaciones neurológicas e inmunológicas. El documento describe el tratamiento del sarampión agudo como atención de apoyo.
La alerta oficial PA-HAN 842 del Departamento de Salud de Pensilvania recoge la definición clínica y las recomendaciones completas para los profesionales sanitarios.