Los informes posteriores a la reunión prevista para el 11 de octubre dicen que el punto sobre el Digital Omnibus se retiró del orden del día de Coreper, sin debate ni votación. El intervalo de cuatro meses para volver a pedir consentimiento de cookies sigue siendo una propuesta, no una norma aprobada, según NEMO Europe y QUASA.
Qué cambia con el resultado de la reunión
La falta de votación significa que el Consejo de la Unión Europea no adoptó entonces una posición negociadora sobre la propuesta de datos y cookies. El borrador de la presidencia irlandesa no pasó a ser una nueva regla para las páginas web.
El borrador fechado el 2 de octubre, según la información publicada sobre él, planteaba esperar al menos cuatro meses después de que alguien rechazara las cookies antes de volver a solicitar su consentimiento. También contemplaba una excepción para medir anuncios contextuales, con datos seudonimizados y restricciones al perfilado y al seguimiento entre sitios o servicios. Son condiciones atribuidas a ese borrador, no cambios vigentes.
Dos expedientes, dos estados legislativos
La Comisión Europea presentó el Digital Omnibus como un paquete con vías separadas para la inteligencia artificial y para las normas de datos y servicios digitales. La reforma del AI Act ya está en vigor; la propuesta sobre el RGPD y las cookies seguía pendiente en octubre de 2026.
| Vía legislativa | Materia | Estado en octubre de 2026 |
| Propuesta de datos y servicios digitales | Cambios propuestos para el RGPD, ePrivacy y otras normas digitales, incluidas las reglas sobre cookies. | Seguía en negociación; los informes posteriores a la reunión del 11 de octubre dijeron que no hubo votación ni mandato del Consejo. |
| Reforma del AI Act | Modificaciones específicas de la normativa europea sobre inteligencia artificial. | En vigor desde el 27 de julio de 2026, según el Reglamento (UE) 2026/1744. |
Por eso, una noticia sobre la propuesta de cookies no describe el estado de toda la legislación incluida en el paquete. La norma de IA aprobada tiene efectos propios; el expediente de datos aún requería avanzar por el proceso legislativo.
Qué dispone la reforma del AI Act
El Reglamento (UE) 2026/1744 establece prohibiciones delimitadas para proveedores y responsables del despliegue de sistemas de IA relacionados con la generación o manipulación de material íntimo no consentido o material de abuso sexual infantil. La norma especifica las conductas y circunstancias a las que se aplica; no prohíbe de forma general la capacidad de generar imágenes.
También fija fechas de aplicación para categorías concretas de sistemas de alto riesgo: el 2 de diciembre de 2027 para los contemplados en el anexo III y el 2 de agosto de 2028 para los del anexo I. No son fechas generales para todos los sistemas de inteligencia artificial; corresponden a las categorías definidas en el reglamento, cuyo texto completo está disponible en EUR-Lex.