El Decreto Legislativo italiano 179/2026 entró en vigor el 23 de octubre de 2026 y distribuye entre varias autoridades las tareas nacionales para aplicar la Ley de IA de la UE. Se publicó en el Boletín Oficial italiano el 8 de octubre. AgID se ocupa de los organismos de evaluación de la conformidad; ACN asume la vigilancia general del mercado, con competencias sectoriales específicas para otros organismos. El texto oficial del decreto recoge el reparto.
La norma, fechada el 7 de octubre, desarrolla las disposiciones italianas que la Ley 132/2025 estableció en septiembre de 2025 para alinear la legislación nacional con el Reglamento (UE) 2024/1689, conocido como Ley de IA.
Qué autoridad se ocupa de cada función
El decreto diferencia la notificación de organismos de evaluación de la conformidad de la vigilancia del mercado. AgID se encarga de la primera; ACN es la autoridad general de vigilancia. El artículo 5 reserva además funciones delimitadas a supervisores financieros, de seguros y de protección de datos.
| Autoridad | Función | Ámbito previsto |
| AgID | Evalúa, designa, notifica y supervisa organismos de evaluación de la conformidad. | Organismos que realizan evaluaciones de conformidad relacionadas con la Ley de IA. |
| ACN | Ejerce la vigilancia general del mercado de sistemas de IA. | Vigilancia nacional de sistemas de IA, con las competencias sectoriales atribuidas a otras autoridades. |
| Banco de Italia | Vigila determinados usos de IA de alto riesgo. | Servicios bancarios y financieros regulados. |
| CONSOB | Vigila determinados usos de IA de alto riesgo. | Servicios regulados de intermediación financiera. |
| IVASS | Vigila determinados usos de IA de alto riesgo. | Seguros, reaseguros y distribución de productos de seguros. |
| Garante per la protezione dei dati personali | Ejerce funciones de vigilancia del mercado. | El ámbito previsto en el artículo 74.8 de la Ley de IA de la UE. |
Así, una aplicación de IA de alto riesgo en un servicio financiero regulado puede corresponder al supervisor de ese sector; el decreto no concentra todas las funciones de vigilancia en ACN. AgID, por su parte, supervisa a los organismos que evalúan la conformidad, no sustituye a las autoridades de vigilancia del mercado.
Auditorías de AgID e inspecciones de ACN
AgID puede realizar auditorías periódicas y extraordinarias a los organismos notificados. Si detecta deficiencias o incumplimientos, puede iniciar un procedimiento para limitar, suspender o revocar una designación después de dar audiencia al organismo. Los organismos notificados asumen los costes de determinados controles.
ACN puede inspeccionar pruebas de IA en condiciones reales a distancia o presencialmente, incluso sin aviso previo. El decreto prevé que un reglamento posterior, propuesto por ACN, establezca cómo se ejercen esas facultades.
Registro de ciertos sistemas de alto riesgo
El artículo 14 encomienda a ACN el registro nacional de los sistemas de IA de alto riesgo incluidos en el anexo III, punto 2, de la Ley de IA de la UE. Un decreto posterior del director general de ACN, acordado con AgID, debe definir los procedimientos de registro, conservación de datos y gestión de la información.
Las sanciones se reparten por competencia
Los artículos 20 y 21 asignan facultades sancionadoras a AgID para infracciones específicas de organismos notificados y a las autoridades de vigilancia del mercado dentro de sus respectivas competencias. El decreto remite a las disposiciones pertinentes del artículo 99 de la Ley de IA de la UE, por lo que la autoridad competente y la sanción aplicable dependen de la infracción concreta.