El 2 de octubre de 2026, Jane Doe presentó ante el Panel Judicial de Litigios Multidistrito de Estados Unidos (JPML) una solicitud para coordinar 26 procesos federales relacionados con las alegaciones sobre Grok. Propuso trasladarlos al Distrito Oeste de Arkansas para tramitar conjuntamente las diligencias previas al juicio. El escrito es una petición procesal, no una decisión sobre las acusaciones ni sobre la responsabilidad de las empresas.

Qué coordinaría la solicitud

Al amparo de 28 U.S.C. § 1407, Jane Doe pidió reunir los procesos incluidos en el anexo de la moción y futuras acciones con cuestiones fácticas comunes similares. La solicitud propuso que el juez presidente Timothy L. Brooks, del Distrito Oeste de Arkansas, dirigiera esas diligencias. Según el escrito, 26 demandantes o acciones estaban comprendidos en la petición y ocho procesos ya se encontraban en ese distrito.

La moción atribuye a Grok y otras herramientas de inteligencia artificial generativa la creación de imágenes o vídeos sexuales en los que aparecerían menores reales. También cuestiona el diseño y las salvaguardas de los sistemas. El escrito nombra como demandadas a x.AI Corp., x.AI, LLC, x.AI Holdings LLC y X Corp. Son alegaciones de las partes; la solicitud de coordinación no las resuelve.

Qué cifras cita la moción

La moción cita una investigación de Center for Countering Digital Hate (CCDH) sobre imágenes generadas entre el 29 de diciembre de 2025 y el 8 de enero de 2026. Según el escrito, CCDH analizó una muestra de 20.000 imágenes de un conjunto aproximado de 4,6 millones y, a partir de ella, estimó unos 3 millones de imágenes sexualizadas, incluidas alrededor de 23.000 que representarían a menores. Son estimaciones citadas por una parte litigante, no un recuento oficial ni una conclusión judicial.

La referencia de la petición y el estado informado

El escrito lleva la referencia de petición 1:26-P-49. MassArbitration informó que, a 9 de octubre de 2026, el JPML aún no había resuelto la solicitud y no se había asignado un número MDL. Esa referencia identifica la petición; no es un número MDL asignado.