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Enlazar a redes P2P no es delito

La Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado que colocar en una Web enlaces a redes P2P no es delito. Los abogados David Bravo y Javier de la Cueva, que han llevado el caso de la Web Sharemula, resaltan que “el auto de la Audiencia es firme, esto es, ya no cabe recurso contra el mismo“. La acusación provenía de un grupo conformado, entre otras, por la SGAE, Microsoft, Twentieth Century Fox, Walt Disney y Paramount.

El llamado “caso Sharemula” se hizo famoso por ser uno de los primeros en ser llevados a la justicia. Sharemula es básicamente una página que proporciona enlaces a redes de intercambio de archivos, algo que por lo visto les provocaba algún que otro dolor de estomago a los amigos del SGAE (y otras grandes productoras y distribuidoras de contenidos). Pero la Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado, en sentencia firme y por lo tanto no recurrible, que si te armas una pagina Web llena de enlaces a redes P2P no estas incurriendo en un delito. Los abogados defensores están conformes con el fallo, y aseguran que “la Audiencia confirma las tesis de la defensa, señalando que enlazar a las redes P2P no constituye una actividad criminal” ya que “es indiferente que se tenga o no ánimo de lucro puesto que si no hay comunicación pública ya no hay delito“. El secreto está en la diferencia existente entre “alojar contenido” y “enlazarlo”. En el caso de Sharemula, la Web solamente provee enlaces a contenidos que estan alojados en ordenadores ajenos. En realidad, miles de ellos, de usuarios particulares que comparten sus ficheros con otros.

El tribunal ha entendido que un enlace no vulnera la propiedad intelectual, sino que solamente constituye “una forma de facilitar al usuario de Internet el acceso a otra página Web“. Lo que haya en el otro extremo del enlace no es un problema de Sharemula. Pero a pesar de lo firme de la sentencia y de la alegría de los abogados defensores, se supo que al menos una de las compañías involucradas en el caso recurrirá la vía civil. Se trata de PROMUSICAE, cuyo presidente Antonio Guisasola ha dicho que considera a la sentencia “un peligroso precedente”. Según Guisasola, “con la sentencia en la mano es legítimo constituir una página Web con enlaces que remitan a contenido ilegal“, y ha pedido al Gobierno que tome medidas para cambiar las leyes. Es obvio que no es lo mismo enlazar al último hit que pasan en las radios que a contenido ilegal, pero a PROMUSICAE le conviene meter todo en el mismo saco para evitar que los usuarios compartan sus contenidos.

Guisasola agrega que las leyes de la sociedad de la información en España son “ridículas“, además de “obsoletas” (sobre todo cuando no me son favorables). Si tienes curiosidad por saber quienes estaban detrás de la acusación, aqui te ponemos la lista completa: SGAE, Microsoft, PROMUSICAE, EGEDA, Columbia Tristar Home Entertainment y Cía, SRC, The Walt Disney Company Iberia, Twentieth Century Fox Home Entertainment España S.A., Warner Home Video, Lauren Films Video Hogar S.A., Manga Films S.L., Universal Pictures (Spain) S.L., Paramount Home Entertainment (Spain) S.L., Twentieth Century Fox Film Corporation, Walt Disney Enterprises Inc., Columbia Pictures Industries Inc., Tristar Pictures, Sony Pictures Classic Inc., Mandalay Entertainment, Metro Goldwin Mayer Studios Inc., Orion Pictures Corporation, Paramount Pictures Corporation, Universal City Studios y Time Warner Entertainment Company L. New Line Productions Inc. Es decir, un montón de dinero. A partir de este fallo, sitios como The Pirate Bay o Mininova podrán funcionar, al menos en España, sin problemas.

Escrito por Ariel Palazzesi

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