El Gobierno de Irlanda afirma que la Declaración de Dublín se adoptó el 14 de octubre de 2026 y fijó siete prioridades para la inteligencia artificial. Es un compromiso político, como el llamamiento de Noruega sobre modelos de IA de frontera; ambos se distinguen del convenio del Consejo de Europa, un tratado cuya entrada en vigor aún dependía del umbral de ratificaciones registrado el 23 de octubre de 2026.

InstrumentoQué propone o abarcaSituación jurídica en la fecha indicada
Llamamiento noruego sobre modelos de IA de fronteraPruebas antes del despliegue, evaluaciones independientes, coordinación gubernamental y explorar una institución internacional.Llamamiento político; no crea por sí mismo obligaciones de tratado.
Declaración de DublínSiete prioridades que incluyen seguridad, soberanía europea en IA, capacidades y cooperación.Compromiso político, no tratado ratificado.
Convenio Marco del Consejo de Europa sobre Inteligencia Artificial y Derechos Humanos, Democracia y Estado de Derecho (CETS n.º 225)Salvaguardias durante el ciclo de vida de la IA, evaluación de impacto y seguimiento.Tratado; el registro del 23 de octubre de 2026 consignaba una ratificación o adhesión, frente a cinco necesarias para su entrada en vigor.

Qué pide el llamamiento de Noruega

El Gobierno de Noruega publicó A Call for Control of Frontier AI Models el 21 de septiembre de 2026. Pide a las empresas protocolos de seguridad transparentes, pruebas obligatorias antes del despliegue y evaluaciones independientes. También reclama que los gobiernos coordinen estándares, transparencia y notificación de incidentes graves.

El texto invita además a los Estados miembros de la ONU a explorar una institución internacional que pueda establecer estándares, facilitar verificaciones y reunir a los Estados cuando se alcancen ciertos umbrales de capacidad. Es una propuesta dentro de un llamamiento político, no una obligación que el documento imponga mediante un tratado. El aviso noruego enumeraba a 30 dirigentes nacionales y a la presidenta de la Comisión Europea, con adhesiones registradas hasta el 22 de octubre; señalaba que el llamamiento seguía abierto a nuevos apoyos.

La cuestión de quién debe supervisar las pruebas también aparece en el debate entre empresas: la cobertura anterior de NeoTeo sobre la supervisión de la seguridad de la IA ofrece ese contexto empresarial, mientras que el llamamiento noruego traslada la discusión a la cooperación entre gobiernos.

Las siete prioridades de la Declaración de Dublín

La síntesis del Gobierno de Irlanda organiza la declaración en siete ámbitos: seguridad y resiliencia de la IA; adopción de IA fiable en los servicios públicos y la industria; soberanía europea en IA; infraestructura, capacidades y computación; sostenibilidad; innovación en el sector público; y cooperación europea e internacional.

El alcance va más allá de las pruebas de seguridad de los modelos. Incluye también la capacidad europea para desarrollar y utilizar IA, sus infraestructuras y su adopción en servicios públicos. Irlanda describe la declaración como un compromiso compartido, no como un tratado ratificado con un mecanismo vinculante de aplicación.

Qué cubre el convenio del Consejo de Europa y cuál era su estado

El Convenio Marco del Consejo de Europa se aplica al uso de IA por autoridades públicas, a actores privados que actúan en su nombre y a actores privados. Para regular a estos últimos, los Estados pueden aplicar directamente las disposiciones pertinentes o adoptar otras medidas que cumplan las obligaciones del convenio. Sus salvaguardias incluyen evaluaciones de impacto y de riesgos, medidas de mitigación, garantías procesales y vías para presentar reclamaciones. Una Conferencia de las Partes se encarga del seguimiento.

El convenio también delimita su alcance: excluye la defensa nacional; las actividades vinculadas a la seguridad nacional pueden quedar fuera de su aplicación, pero deben respetar el derecho internacional y las instituciones y procesos democráticos. La investigación y el desarrollo quedan excluidos salvo cuando las pruebas puedan interferir con los derechos humanos, la democracia o el Estado de derecho.

El convenio se abrió a la firma el 5 de septiembre de 2024. Según el registro de la Oficina de Tratados del Consejo de Europa, fechado el 23 de octubre de 2026, hacía falta un total de cinco ratificaciones o adhesiones, incluidas al menos tres de Estados miembros del Consejo de Europa, para que entrara en vigor. El registro consignaba una: la ratificación de la Unión Europea, depositada el 15 de mayo de 2026.

Estados Unidos también firmó el convenio el 5 de septiembre de 2024, pero no lo había ratificado en la instantánea del 23 de octubre de 2026. Firma y ratificación son pasos distintos; el umbral de entrada en vigor seguía sin alcanzarse en esa fecha.